Seguro obligatorio por Ley para las obras cuyo destino principal sea el de vivienda (incluidas autopromociones).
Este seguro garantiza la indemnización de los daños a la construcción que tengan su origen en vicios o defectos de la obra fundamental (cimentaciones, soportes, vigas, muros de carga) y que comprometan la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
Aunque el seguro no entra en cobertura hasta la recepción de la obra por parte del promotor, éste habrá de contratarlo antes de empezar la obra.
Características: