¿Qué tipo de órdenes se pueden cursar?
Limitadas (limit order): Son aquellas que se formulan a un precio máximo para la compra o mínimo para la venta.
Por lo mejor (market to limit order): Son las que se introducen sin límite de precio, por lo que se ejecutarán al mejor precio que se ofrezca en el momento de su introducción. En el caso de que al mejor precio no exista volumen suficiente para atender a la orden, ésta se satisfará de forma parcial, quedando el resto limitado a dicho precio. Si no existiera precio negociable en el lado contrario del mercado la orden se elimina del Sistema.
De Mercado (market order): Son las que se introducen sin límite de precio, por lo que se ejecutarán al mejor precio que se ofrezca en el momento de su introducción y la orden es negociada a tantos precios del lado contrario como sea necesario hasta que se complete. Si no se negocia o se negocia parcialmente la orden permanece en el mercado sin precio.
A futuro: La orden se envía al mercado para su negociación en la fecha y hora de activación indicadas.
Condicionadas (On-stop): La orden de compra o venta, que llevando precio de lanzamiento, se envía al mercado siempre que se cumpla la condición que expresamos a continuación:
En las compras: Que el precio de cotización del valor sea mayor o igual al precio de lanzamiento indicado.
En las ventas: Que el precio de cotización del valor sea menor o igual al precio de lanzamiento indicado.
En las órdenes condicionadas de venta podemos fijar la variabilidad del precio de lanzamiento, que puede ser estática o dinámica.
Estática: El precio de lanzamiento indicado permanece constante.
Dinámica: El precio de lanzamiento indicado y, en su caso, el precio límite, varían en función de la cotización del valor sobre el que se fijan. De esta forma, los stops dinámicos de venta solo se activan cuando la cotización del valor sube, permitiendo aprovechar la tendencia alcista del valor, evitando que se ejecute al precio de lanzamiento inicial de venta.
Al introducir una orden condicionada dinámica, se aplica como margen de pérdida el diferencial entre el precio de lanzamiento y el precio de referencia del valor en ese instante (MR, Margen de Referencia). A partir de este momento, por ejemplo en una venta, si el precio de cotización sube también sube el precio de disparo, mientras que si el mercado baja, el precio de disparo se mantiene y NO BAJA.
¿Cuáles son las restricciones a la negociación?
De ejecución mínima: Son aquellas que especifican una cantidad mínima de unidades de contratación que debe ser ejecutada como primera negociación, una vez cumplimentada la cual, el resto se ejecutará sin limitación en el número de unidades de contratación. Si no existiera volumen suficiente para atender la cantidad mínima fijada, estas órdenes serán excluidas automáticamente por el Sistema.
Todo o Nada: Son aquellas que deben ser ejecutadas inmediatamente en su totalidad o ser rechazadas.
Ejecutar o Anular: Son aquellas que se ejecutan inmediatamente y la parte no ejecutada es cancelada por el Sistema.